DESCRIPCIÓN
Propiedad Actualmente alquilada, son varios PH los cuales todos estan alquilados. Con muy buena RENTA TOTAL.
CONSULTE.
El lote se encuentra ubicado en la Zona 8 que indica la Ordenanza Nro 8057, de OCUPACIÓN DEL SUELO Y PRESERVACIÓN DE ÁMBITOS HISTÓRICOS, ARQUITECTÓNICOS Y PAISAJÍSTICOS DENTRO DEL ÁREA CENTRAL DE LA CIUDAD, de la ciudad de Córdoba.
Los Detalles Técnicos son:
Uso: Vivienda colectiva y actividades de servicio.
Fos: 80%
Fot: según plano límite.
Altura máxima y fachada: regulada por el Artículo 45 que se anexa a continuación.
Art. 45°.- En la presente zona la edificación en su fachada de frente deberá materializarse
obligatoriamente en forma total o parcial sobre Línea de Edificación vigente. En el primer
caso, la altura máxima de fachada será de 8.00 (ocho) metros. A partir de dicha altura
deberá producirse un retiro mínimo de 12,00 (doce) metros a contar desde el eje de la calle, medidos perpendicularmente a ella.
Producido este retiro mínimo la edificación podrá elevarse hasta una altura máxima de
21,00 (veintiún) metros, debiendo respetarse idéntica altura máxima en la totalidad de la
parcela.
Esta altura sólo podrá ser superada en lo que permitan un plano límite a 45° que arranque
desde el borde superior de la línea de fachada de frente, de frente interno o de fondo
materializadas por locales no habitables tales como tanques, salas de máquinas, salidas de escaleras y objetos como antenas o similares.